La liberación del mexicano Martín del Campo Dodd fue ordenada por la Suprema Corte de Justicia del país el 18 de marzo de 2015 "como consecuencia de que su defensa legal logró demostrar exitosamente que su confesión –única evidencia en su contra– había sido obtenida mediante tortura", indica un comunicado del organismo fechado en Ginebra.
La valoración del Grupo de Trabajo de la ONU indica que la detención fue arbitraria, fue emitida en mayo de 2005 y, junto con otras denuncias similares de organismos de derechos humanos relacionados con el caso, fue tomada en cuenta por la Suprema Corte de Justicia al adoptar su decisión final este mes.
El Grupo de Trabajo considera que "una reparación adecuada incluye proveer al ciudadano del Campo Dodd el derecho a una indemnización completa".
La liberación ocurre en un momento en el cual el tema de la tortura y las desapariciones forzosas está al tope de la agenda pública en México.
El Grupo de Trabajo del organismo mundial fue creado por la antigua Comisión de Derechos Humanos en 1991 para investigar los casos de supuesta privación arbitraria de la libertad, retención administrativa de los solicitantes de asilo e inmigrantes.
En septiembre de 2013, el nuevo Consejo de Derechos Humanos prorrogó por tres años el mandato del Grupo de Trabajo, que expira en 2016.
El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU está compuesto por cinco miembros expertos independientes de diferentes regiones del mundo, provenientes de países como Noruega, Ucrania, México, República de Corea y Benin.
El 11 de marzo pasado, un informe del Relator Especial de la ONU para México, Juan E. Méndez, quien define la tortura, penas crueles, inhumanas o degradantes como "violaciones generalizadas" en el país latinoamericano, fue rechazado por el Gobierno, mientras defensores de DDHH piden aceptarlo.
El Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada estableció en febrero, durante una audiencia en Ginebra, que las desapariciones forzadas de personas en México son generalizadas e impunes.