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'Derechos crustáceos': máximo tribunal de Italia falla a favor de las langostas

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La Corte Suprema de Casación, el tribunal de última instancia del sistema jurídico italiano, emitió un fallo insólito: dictó una multa de 5.000 euros al dueño de un restaurante por mantenerlas en hielo con las pinzas atadas, un trato que, según los magistrados, provocan sufrimiento y dolor a los crustáceos.

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El dueño de un restaurante de la Toscana había sido denunciado por la Liga Anti-Vivisección (LAV), un grupo de defensores de los derechos animales italiano. El movimiento consideraba que el comerciante cometía el delito de maltrato animal, ya que mantenía sobre hielo y con las pinzas atadas a las langostas vivas que vendía a los comensales.

El fallo, divulgado hace pocos días, data de un episodio en 2013, en el que una persona constató el estado de los crustáceos y acudió a denunciarlo en nombre de la LAV. El empresario gastronómico fue llevado al banquillo de un tribunal de Florencia y condenado a pagar 5.000 euros de multa, además de los costos legales del caso.

El imputado apeló la sentencia y llegó a la Corte de Casación, la última instancia del sistema jurídico del país. A su criterio, no existía tal violación de los derechos de los crustáceos, porque estos eran importados a Italia desde América refrigerados y con las pinzas atadas dentro de cajas plásticas, "con el beneplácito de todas las autoridades sanitarias y judiciales dedicadas al control de las leyes", de acuerdo con el fallo.

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La LAV sostuvo la "inadmisibilidad" del recurso del gastrónomo, basándose en recomendaciones de entidades públicas que sostienen que el uso del hielo determina "una asimetría en la refrigeración, una cambio drástico de la temperatura, shock hipoosmótico, hipoxia y estrés anaeróbico" a los animales.

El tribunal acogió este último argumento para ratificar la sentencia, ya que además "el sentido común" inducía a sostener que los crustáceos habían sido conservados en condiciones "incompatibles con su naturaleza, que producían gran sufrimiento".

"Luego de haber verificado que el imputado conservaba a los crustáceos [vivos] en una heladera, a temperaturas cercanas a 0ºC, el Juez consideró que estos animales vivían en aguas a temperaturas altas y que se dejan en acuarios a temperaturas adecuadas y oxigenados, no solo en los restaurantes más importantes, sino también en los supermercados", afirmó la Corte de Casación.

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Los juristas fallaron además que, aunque la cocción tradicional de las langostas —hervidas vivas— "puede ser considerada lícita" por vía de la costumbre popular, no se pueden justificar "los sufrimientos causados [a los crustáceos] en la espera de ser cocinados".

Mientras tanto, ese mismo día en EEUU, el restaurante 'Bar de Almejas de Pete' liberó al mar a una langosta de 22 kilos y 132 años de vida. El animal, llamado Louie, era la estrella de un restaurante de frutos de mar, y había permanecido en su tanque durante unos veinte años.

El supervisor de Hempstead, el pueblo donde se ubica el local, emitió un indulto simbólico antes de dejar al enorme crustáceo en el mar.

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