"Los magistrados de la Audiencia Nacional les condenan por 45 delitos de asesinato terrorista intentado, 14 de ellos en su modalidad agravada, y un delito de estragos terroristas en concurso con otro de tenencia de explosivos", explicó el tribunal mediante una nota informativa.
De acuerdo con la sentencia, los acusados tenían el objetivo de "causar el mayor daño posible, aceptando ocasionar la muerte o lesiones a las personas que se encontrasen en el lugar de los hechos".
La explosión del vehículo tuvo lugar a las 9:30 (hora local) del 25 de mayo de 2005, 45 minutos después de que una persona no identificada que hablaba en nombre de ETA diese aviso del atentado al diario vasco Gara.
Según destacó la Audiencia Nacional, esa llamada no facilitó ni el número de la calle ni la placa de matrícula del vehículo y a esa hora "ya había mucha gente en la calle".
La sentencia considera que la actuación de los acusados se produjo en un momento en el que era "previsible" la producción de lesiones e incluso muertes ya que se trataba de una calle concurrida y el tiempo transcurrido desde el aviso hasta la explosión fue "escaso".
La principal prueba contra las dos personas acusadas se deriva del análisis de restos de ADN de Liher Arechavaleta encontrados en un vehículo también de marca Renault que fue sometido a un intento de robo en la misma localidad y misma franja horaria que la furgoneta usada en el atentado.
Los dos acusados ya contaban entre sus antecedentes con condenas por delitos de terrorismo.
Alaitz Aramendi se integró en ETA en 2004 y fue detenida en Francia en 2007, siendo condenada a 18 años de prisión en marzo de 2013.
Por su parte, Liher Arechavaleta fue condenado en París en 2011 por formar parte del aparato de falisficación de ETA, a la que perteneció desde 2005 hasta su detención en 2007.