En un auto emitido este 15 de noviembre, la Audiencia Nacional desestimó un recurso presentado por Hinostroza, que pedía su excarcelación.
En opinión del Juez de la Mata, la prisión provisional es una medida cautelar pertinente ante el "evidente" riesgo de fuga por parte del magistrado peruano.
La Audiencia Nacional recordó que el juez está reclamado en su país como "el supuesto líder" de una "organización criminal" relacionada con la comisión de "delitos de corrupción en todas las áreas del Poder Judicial a nivel de Lima Metropolitana".
Hinostroza llegó a España el 7 de octubre tras haber sido destituido por el Congreso de su país para ser investigado por corrupción.
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En su recurso, Hinostroza argumenta que los hechos en los que se sustenta la petición de extradición son "inconsistentes" y de "escasa gravedad".
En el auto que rechaza su excarcelación, la Audiencia Nacional de España explica que la mera presentación de una solicitud de asilo no es motivo suficiente para denegar la extradición y menos aún para suspender las medidas cautelares.
Sobre la debilidad de las imputaciones en su contra en Perú, el auto recuerda que la Audiencia Nacional no debe pronunciarse sobre su culpabilidad o inocencia, sino que debe limitarse a observar si hay motivos suficientes para conceder o denegar la extradición para que sea juzgado en su país.
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En lo referente a las alegaciones de Hinostroza sobre una presunta persecución política, el juez De la Mata considera que son "absolutamente genéricas" y que, en todo caso, deberán ser analizadas en el juicio extradicional, pero no antes.

De la Mata tiene en cuenta igualmente que las penas para los delitos que se le atribuyen a Hinostroza —patrocinio ilegal, tráfico de influencias, negociación incompatible y organización criminal— son también de "gravedad".
Todo ello, concluye el auto, hace que existan "riesgos evidentes de que la persona reclamada se sustraiga a la acción de la justicia y frustre los fines extradicionales".
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En consecuencia, el juez acordó el mantenimiento de la prisión provisional para mitigar el riesgo de fuga.