"Los magistrados no aprecian razones sobrevenidas para levantar la medida cautelar una vez finalizado el juicio, por la necesidad de salvaguardar los fines del proceso, que está ya en el último tramo y con la deliberación que definirá su desenlace iniciada", informó el alto tribunal.
De hecho, el tribunal no sólo se opone a levantar las medidas cautelares, sino que considera que el actual momento procesal permitiría incluso una "intensificación" de las mismas.
Nueve de los 12 acusados se encuentran en prisión provisional desde hace más de un año.
En algunos casos concretos, como el de los líderes sociales Jordi Sánchez y Jordi Cuixart —en prisión desde octubre de 2017— la situación de prisión provisional fue calificada como injusta por el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, que pidió al Gobierno de España su puesta en libertad.
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En el auto emitido este 21 de junio, el Tribunal Supremo responde a ese dictamen recordando que el reconocimiento general de los grupos de trabajo de la ONU no implica que sus dictámenes tengan valor vinculante.
"Mal puede reivindicarse la libertad de un acusado, por pérdida de vigencia de los presupuestos que llevaron a la adopción de una medida cautelar, cuando lo que se está pidiendo en ese dictamen es que el Gobierno", destaca el auto, poniendo énfasis en que esa petición "supone ignorar una de las notas esenciales de cualquier Estado de Derecho".
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Además, el Supremo se apoya en los informes del Ministerio Fiscal y de la Abogacía del Estado en relación al dictamen del Grupo de Trabajo.
Pese a rechazar la puesta en libertad de los nueve líderes catalanes encarcelados, el Tribunal Supremo no puso objeciones a que los acusados sean trasladados de vuelta a una prisión catalana mientras esperan la emisión de la sentencia.