"Según el señor Spuznar, la adquisición la adquisición del mandato parlamentario solo puede ser el resultado del voto de los votantes y no puede subordinarse a la realización de ninguna formalidad", señala el TJUE a través de un comunicado.
El dictamen del abogado general responde a una cuestión prejudicial presentada por el propio Tribunal Supremo español para conocer el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras tras su elección como eurodiputado.
El abogado general del TJUE se muestra partidario del reconocimiento de Junqueras bajo la premisa de que ningún Estado miembro puede suspender el mandato de un integrante del Parlamento Europeo, así como las prerrogativas asociadas al cargo.
No obstante, Szpunar considera que la decisión del Tribunal Supremo de condenar a Junqueras el pasado 14 de octubre conlleva la anulación posterior del mandato de Junqueras, por lo que el TJUE no es competente para responder a las cuestiones prejudiciales planteadas.
Las conclusiones del abogado general del TJUE no son vinculantes, aunque de forma general coinciden con las decisiones finales del tribunal.