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Quien viaje a Galicia desde zonas de riesgo de COVID-19, obligado a registrarse

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El Gobierno gallego publica en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la norma jurídica por la que se regula la estancia de personas, sean residentes o no residentes, que lleguen a esta comunidad autónoma procedentes de zonas donde la incidencia de la pandemia sea alta. Las autoridades buscan "hacer frente a los riesgos" y frenar su importación.

La medida, pergeñada a instancias del Servicio Gallego de Salud (Sergas), atañe a cinco comunidades autónomas españolas y 136 países, englobados en una lista que se actualizará cada 15 días.

A partir del 28 de julio, las personas que lleguen a Galicia luego de haber estado en algún momento de los 14 días previos a su llegada en alguno de los territorios de la lista, deberán facilitar en un plazo máximo de 24 horas sus datos de contacto, así como las fechas previstas de su estancia, una dirección, la procedencia y los territorios visitados en las dos últimas semanas. Tal registro deberá efectuarse vía telemática o telefónica. Cada persona será responsable de que la información aportada sea veraz y precisa.

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Según la Administración gallega, la normativa publicada por el DOG se establece para "hacer frente a los riesgos de generación de nuevos brotes derivados de la llegada a la Comunidad Autónoma de Galicia de personas procedentes de otros territorios" y es de obligado cumplimiento tanto si se presentan síntomas de COVID-19 como si no. Igualmente se extiende a las empresas y alojamientos turísticos, que deberán informar a sus trabajadores y clientes de la obligación de dar cuenta de cuál fue su paradero durante los 14 días previos a su llegada.

En cualquier caso, los datos registrados se borran a los 28 días naturales de la llegada a Galicia, por lo que el derecho a la protección de datos personales no queda afectada.

¿Cómo es el control?

Tras consignar la procedencia y su lugar de residencia en la región, al viajero se le notifica la obligatoriedad de avisar si experimenta síntomas.

Después, el Sergas instruye un control telefónico para determinar el riesgo de las actividades realizadas. Y dependiendo de la situación del territorio de origen o de las respuestas obtenidas en el cuestionario, el Sergas puede realizar una prueba de diagnóstico de tipo PCR aunque el viajero no presente síntomas de la enfermedad. 

Las cinco comunidades autónomas españolas señaladas en la lista por presentar una alta incidencia de la pandemia, son: Aragón, Cataluña, Navarra, País Vasco y La Rioja. Entre los países, de todos los continentes a excepción de Oceanía, destaca el vecino Portugal y naciones sudamericanas como Argentina o Brasil, con gran flujo hacia Galicia durante el periodo veraniego.

¿Habrá multas?

La normativa puede en teoría acudir a un régimen sancionador, aunque el texto legal se limita a señalar escuetamente que "los posibles incumplimientos serán sancionados por las autoridades autonómicas competentes de acuerdo con la legislación aplicable".

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Tras la derogación a nivel estatal del estado de alarma, un régimen sancionador podría suscitar dudas jurídicas, dado que la hipotética aplicación de sanciones por incumplir la norma a ciudadanos españoles que se desplazan libremente por el territorio nacional, se produciría sin el amparo de una situación constitucional excepcional. Por tanto, con la medida adoptada parece crearse un marco legal para así poder rastrear el número de desplazamientos hacia Galicia desde los territorios donde la infección está experimentando un nuevo auge. 

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