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Confirmada la absolución del actor español Willy Toledo por un delito contra los sentimientos religiosos

© AP Photo / Abraham Caro MarinWilly Toledo, el actor español
Willy Toledo, el actor español  - Sputnik Mundo
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La Audiencia Provincial de Madrid ratifica de esta forma la decisión emitida en febrero por el juzgado de lo Penal en esta ciudad y las palabras del intérprete, que defendía su "libertad de expresión".

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la absolución del actor Willy Toledo por los delitos de obstrucción a la Justicia y contra los sentimientos religiosos. Esta sentencia, según lo adelantado por Efe, ratifica así una decisión del juzgado de lo Penal número 26 de Madrid, que le citó por haber insultado a Dios y a la Virgen María en su cuenta de Facebook. Lo hacía como defensa de tres mujeres llamadas a declarar por organizar un procesión "del coño insumiso".

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El fallo supone otro paso más a un proceso que empezó en 2018. Entonces, la Asociación de Abogados Cristianos denunció al actor por un delito contra los sentimientos de los católicos y pidió para él una multa. En febrero de este año, el juzgado de lo Penal número 26 de Madrid le absolvió al entender que "del tenor literal de las publicaciones y su contexto se evidencia la falta de educación, el mal gusto y el lenguaje soez utilizado por el acusado" pero no se acredita "la comisión de un delito de escarnio contra los sentimientos religiosos".

De esta forma, la jueza Sonia Agudo Torrijos dio la razón al actor y a su testimonio en el juicio, donde declaró que no quiso ofender a los católicos, sino hacer una crítica política. "Yo me cago en Dios, y me sobra mierda para cagarme en el dogma de la santidad y virginidad de la Virgen María. Este país es una vergüenza insoportable. Me puede el asco. Iros a la mierda", había escrito Toledo, que insistió en que era "un alegato en defensa de la libertad de expresión" de sus "compañeras". A la entrada de la vista afirmó que seguiría cagándose en la Virgen.

​Ahora la Audiencia Provincial de Madrid ratifica aquella sentencia y recuerda que cabe recurso ante el Tribunal Supremo. "Se ha de tener en cuenta que las dos publicaciones se realizan por el acusado en su perfil social de Facebook, por lo que se entiende que iban dirigidas a sus seguidores, personas que compartan las ideas del acusado y el gusto por su especial estilo literario", justificó la magistrada Agudo.

Debía aplicarse además el principio de in dubio por reo —en caso de duda, resolver a favor del procesado— porque la acusación no presentó pruebas que acreditasen que Toledo tenía la intención de ofender los sentimientos religiosos.

También se incluyó en la causa un segundo mensaje, publicado con motivo de la fiesta nacional del 12 de octubre, donde el acusado se expresaba en términos similares.

"Me cago en el descubrimiento. Me cago en los conquistadores codiciosos y asesinos. Me cago en la Virgen del Pilar y me cago en todo lo que se menea. Nada que celebrar. Mucho que defecar. Boas noites", escribió.

Según recordó en febrero la juez, los posts tenían por objetivo criticar la fiesta del 12 de octubre y apoyar a sus "compañeras" de dicha procesión. "Mis palabras pueden ofender, igual que a mí me ofenden expresiones homófobas y machistas. Pero jamás se me ha ocurrido perseguir a nadie por sus pensamientos políticos", insistió Toledo.

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