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El Constitucional avala las devoluciones en caliente de los inmigrantes en España

© Sputnik / Alberto García PalomoTribunal Constitucional de Madrid (España)
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El Tribunal Constitucional valida uno de los puntos de la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por el Gobierno del Partido Popular y más conocida como ley mordaza.

El Tribunal Constitucional ha avalado casi la totalidad de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como la ley mordazay lo ha hecho en una sentencia probada por la mayoría de sus miembros, tal y como ha informado el tribunal de garantías. 

Tras varios meses abordando el asunto, el tribunal avala las devoluciones en caliente de inmigrantes en frontera, las sanciones por infracción grave en los disturbios de protestas frente a las Cámaras legislativas, así como los "registros corporales externos" o cacheos que implican el desnudo integral. El Pleno ha interpretado que los rechazos en la frontera son conformes a la Constitución, siempre y cuando se lleven a cabo respetando los tratados internacionales.

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En su sentencia, el Constitucional aprueba todos los extremos de la legislación impulsada por el Gobierno conservador de Mariano Rajoy (Partido Popular) en 2015 con excepción de un inciso que se refiere a las grabaciones de cuerpos policiales.
Con nueve votos a favor y dos en contra, el pleno de magistrados constata que las devoluciones en caliente de personas que tratan de entrar ilegalmente a España a través de Ceuta y Melilla es conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

"El rechazo en frontera es una actuación material de carácter coactivo, que tiene por finalidad restablecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre. La actuación material [será constitucional], sin perjuicio del control judicial que proceda realizarse en virtud de las acciones y recursos que interponga, en cada caso concreto, la persona extranjera", recoge la doctrina europea.

El fallo matiza que los cuerpos policiales implicados en este tipo de actuaciones en frontera deberán "prestar especial atención" a las personas especialmente vulnerables, como menores de edad,  embarazadas o personas mayores.
También precisa que el rechazo a los inmigrantes deberá hacerse "con las garantías que las personas extranjeras reconocen las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España, debiendo ser reales y efectivos los procedimientos de entrada legal en territorio español".

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La sentencia conocida el 19 de noviembre tiene su origen en un recurso presentado por las formaciones políticas que estaban en la oposición en 2015 contra algunos de los artículos más restrictivos de la ley mordaza.

Fue una de las legislaciones más polémicas del Gobierno de Rajoy, y su evaluación generó un intenso debate entre los magistrados del Constitucional que se alargó varios meses.

Esta sentencia del Constitucional llega después de que el Tribunal de Estrasburgo validara en el mes de febrero las devoluciones en caliente o el rechazo en la frontera en Ceuta y Melilla al considerar que los inmigrantes que intentaron saltar la valla fronteriza "decidieron no utilizar las entradas legales existentes que les permitieran acceder de modo regular al territorio español".

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