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"Hay que abrir en canal el debate sobre la libertad de expresión en España"

© AFP 2023 / Josep LagoManifestación a favor de Pablo Hasél. Barcelona, 16 de febrero de 2021
Manifestación a favor de Pablo Hasél. Barcelona, 16 de febrero de 2021 - Sputnik Mundo, 1920, 17.02.2021
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Sputnik habla con varios expertos en derecho a propósito de la entrada en prisión del rapero Pablo Hasél. ¿Hay que reformar el Código Penal español? ¿Y qué pasa con la polémica Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana (más conocida como ley mordaza) ? ¿Vale todo a la hora de expresarse o hay que poner límites? Y si es así, ¿dónde?
La polémica y el debate sobre la libertad de expresión en España están servidos (otra vez). En esta ocasión llegan a colación de la mediática sentencia y (más mediática todavía) detención del rapero leridano Pablo Hasél (1988), que ha ingresado en la cárcel de Ponent (Lleida) tras ser condenado por la Audiencia Nacional acusado de delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona a 9 meses de prisión, seis años de inhabilitación y 30.000 euros de multa.
La detención del cantante no estuvo exenta de cierto "dramatismo" que alimentó los titulares de la prensa, puesto que para evitar (o retrasar) su detención se había atrincherado en la Universidad de Lleida y finalmente los Mossos de Esquadra tuvieron que sacarle a empujones mientras las cámaras de TV guardaban registro del momento y decenas de personas que se habían desplazado al lugar para apoyar a Hasél gritaban consignas contra las autoridades.
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Pero lo peor llegó después. En varias ciudades españolas como Lleida, Girona, Barcelona o Valencia, se convocaron manifestaciones de calle para protestar contra la detención del rapero y las protestas terminaron en altercados violentos contra la policía, disturbios, quema de contenedores, al menos 15 detenidos y la prensa internacional haciéndose eco de la noticia y comparando las manifestaciones con los altercados ocurridos en Cataluña tras la sentencia del Tribunal Supremo que condenaba a los denominados "presos del procés" en octubre de 2019.
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Violentos disturbios en Cataluña por la detención del rapero Pablo Hasél

¿Qué ha hecho Pablo Hasél?

Antes de entrar en el análisis en profundidad sobre el estado de salud de la libertad de expresión en España, hay que entender qué ha hecho Pablo Hasél y porqué se le condena y ha entrado en prisión.
Los delitos de enaltecimiento del terrorismo (artículo 578 del Código Penal) e injurias a la Corona (491) no son los únicos que se le imputan. La primera condena se remonta a 2014 y fue de dos años de cárcel al músico por considerar que hacía apología del terrorismo a organizaciones como ETA, Al Qaeda o los Grapo en sus canciones y redes sociales, pero esta sentencia quedó en nada porque fue la primera y no había antecedentes penales.
Algunas de las letras en cuestión por las que se le condenó en aquel momento:
"¡Merece que explote el coche de Patxi López!", "Los Grapo eran defensa propia ante el imperialismo y el crimen", o "Quienes manejan los hilos merecen mil kilos de amonal".
Posteriormente, en 2016, el leridano fue condenado a seis meses de cárcel por agredir, empujar, insultar y rociar con líquido de limpieza a un periodista de TV3 (la televisión pública catalana) en una rueda de prensa. Tuvo que indemnizar al periodista con 12.150 euros. El mismo año, Pablo Hasél recibió otra condena por agredir a un Agente de la Guardia Urbana de Lleida que había participado como testigo en un juicio contra el agresor de un menor de edad amigo del cantante que luego quedó absuelto.
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Finalmente, en 2018, volvió a ser condenado por los delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona, y la decisión fue ratificada por el Tribunal Supremo en 2020. Esta vez no pudo evitar la prisión porque a su historial delictivo se sumarían 64 tuits publicados en su perfil y una canción en su canal de Youtube bajo el título "Juan Carlos el Bobón". La letra del single comienza "Apuntaba maneras cuando mató a su hermano Alfonsito" y lo llama "el heredero de Franco". Entre los famosos y polémicos tuits se encuentran algunos como "La familia Real son unos parásitos", "Pretenden ocultar que muchas personas han salido hoy a exigir el fin de la monarquía fascista y golpean hasta a periodistas" o "Policía Nazi-onal torturando hasta delante de las cámaras".

¿Bajo qué leyes se ampara su condena?

Según explica en entrevista con Sputnik el jurista y especialista en derecho Carlos Martínez, la detención de Pablo Hasél es legal (y precisamente aquí está el fondo del debate) porque se ajusta a las leyes del Código Penal español de 1995 donde se introdujeron los delitos de injurias a la Corona. En la reforma de dicho Código Penal del año 2015, se endurecieron aún más los delitos contra la libertad de expresión, incluidos los de enaltecimiento del terrorismo.
"Cualquier delito que tenga que ver con la libertad de expresión debería estar derogado", explica el analista. "Incluidos los delitos de opinión de la ultraderecha. No se puede restringir la libertad de expresión para nadie".
A su juicio, "los jueces que condenaron a Hasél en la Audiencia Nacional deberían haber acudido al artículo 20 de la Constitución ("se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones; la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación") y a los tratados internacionales que ha firmado España en materia de libertad de expresión, porque la Constitución está por encima de las leyes y el delito por el que se acusa a Hasél no ha causado un mal inmediato ni grave a nadie. La solución, más que de los jueces, es del Parlamento y del Ejecutivo, porque deberían reformar el Código Penal".
Para Carlos Martínez estamos ante un problema más profundo y que merece el debate de la clase política al completo. "Desde Unidas Podemos han hablado de indulto. Esa no es la vía. La vía es derogar del Código Penal delitos de opinión y es urgente derogar la ley mordaza, que es todavía peor".
Se refiere a la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, más comúnmente conocida como ley mordaza, y entró en vigor el 1 de julio de 2015 junto a la reforma del Código Penal. En realidad se trata de un trío de normas jurídicas: la ley de Protección de Seguridad Ciudadana, la reforma del Código Penal y la ley antiyihadista.
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En la ley mordaza se incluye un listado de conductas que se clasifican en infracciones administrativas y que pueden ser consideradas o bien muy graves, o bien graves o leves, y que pueden contemplar multas de entre 100 a 600.000 euros. Algunas de las infracciones consideradas como muy graves pueden ser la participación en una manifestación no comunicada que pueda conllevar riesgo para la integridad de alguno de los participantes o difundir imágenes no autorizadas o datos de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
La ley mordaza ha sido polémica desde el principio y muy criticada por multitud de organizaciones defensoras de derechos civiles y libertades fundamentales porque la consideran una ley imprecisa en la redacción de sus delitos y, como según explicó la abogada Laura Medina, del colectivo Iridia (en catalán Centro para la Defensa de los Derechos Humanos) a esta agencia, "con conceptos jurídicos indeterminados y muy amplios donde se considera organizadores de manifestaciones a aquellas personas que compartan eventos a través de sus redes sociales. Se generalizan y amplían conceptos con la excusa de la seguridad ciudadana y bajo el amparo de estas imprecisiones aparece la arbitrariedad policial".
Para estas organizaciones tampoco es casualidad la fecha en la que entra en vigor esta ley, en pleno año 2015, año de crisis económica, con una sociedad española muy precarizada, bajos salarios, hartazgo y movilizaciones frecuentes y protestas en las calles al fulgor del Movimiento 15M.
"La ley tiene una explicación desde la violación de derechos fundamentales como el de reunión y manifestación", sostiene la abogada.
Además, la Ley de Seguridad Ciudadana contempla lo que los abogados denominan "presunción de veracidad de las Fuerzas de Seguridad del Estado".
"La palabra de los agentes es prueba suficiente para sancionar a un ciudadano y por lo tanto el margen para defenderse es mínimo", sostiene Medina.

El debate está servido: ¿dónde están los límites de la libertad de expresión?

¿Se puede poner coto a la libertad de expresión? El caso Pablo Hasél ha dividido a España y a gran parte del extranjero bajo esta premisa.
Para Javier Gil, profesor de Relaciones Internacionales de la Universidad Pontificia de Madrid, el caso Hasél "ha reabierto la necesidad urgente de tener un debate profundo sobre qué es la libertad de expresión, dónde están los límites y el derecho a emitir cualquier opinión, así como lo que se puede o debe considerar un delito de enaltecimiento del terrorismo o de injurias a una institución como la Corona", explica a Sputnik.
"El gobierno debería tener un marco legal más regulado porque ahora está difuso. Nos falta el debate para decidir qué debe permitirse y qué no. En España no estamos ni mejor ni peor que otros países. Poner los límites es lo difícil y deberían estar allí donde se pueda herir de una manera intensa a un determinado grupo social. Pero esos límites los debe imponer la justicia".
En un sentido similar se expresa la portavoz y magistrada de Jueces y Juezas para Democracia (JJpD), Ascensión Martín, que entiende, preguntada ante el caso Hasél, que las modificaciones en el Código Penal “no se deben basar en un solo caso”.
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Las líneas rojas más frecuentes con las que chocan los expertos a la hora de abrir el eterno debate sobre si la ley mordaza y el Código Penal se extralimitan en determinados aspectos, son establecer los dogmas para que el derecho al honor, la intimidad o la calumnia no choquen con la apología del terrorismo, la incitación al odio o la violencia. ¿Dónde acaba uno y empieza el siguiente? Lo que parece claro es que bajo la bandera de la libertad de expresión no se puede actuar de manera impune e indiscriminada justificando absolutamente todas las conductas. Para los expertos consultados por Sputnik hay que tener en cuenta algunos aspectos de quien promueve los hechos como por ejemplo, si es una persona famosa o relevante, su número de seguidores en redes sociales, a cuánto público llega o si lo que promulga podría conllevar que terceros llevasen a cabo acciones violentas o algún otro tipo de delito, sobre todo agresiones contra algún grupo por cuestiones de raza, sexualidad, religión o discriminación de cualquier tipo.

¿Y qué hace el gobierno?

La coalición de PSOE y Unidas Podemos han prometido en innumerables ocasiones la derogación de la ley mordaza, pero hasta el momento, y tras la admisión a trámite de varias propuestas al respecto, la petición se encuentra paralizada.
El 8 de febrero, el Ministerio de Justicia, encabezada por el socialista Juan Carlos Campo, publicó un comunicado en el que anunciaba que se revisarían los delitos relacionados con los "excesos en el ejercicio de la libertad de expresión para que solo se castiguen conductas que supongan claramente la creación de un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta, con penas disuasorias, pero no privativas de libertad". Ese día, el caso Hasél estaba en plena ebullición mediática, y al rapero, la Audiencia Nacional le había dado diez días para entregarse voluntariamente en prisión.
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En el comunicado de Justicia se señalaba que dicha revisión contemplará que "aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales" permanezcan "al margen del castigo penal".
De esta manera, el gobierno de España se sumaría a las declaraciones del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que entienden que un castigo penal para los delitos de este tipo, supondrían un atentado contra la libertad de expresión y artística.

¿Y ahora qué?

El rapero, poco conocido fuera de las fronteras españolas, ha visto cómo su fama ha crecido como la espuma tras verse envuelto en esta sentencia e ingresar en prisión. Los medios de comunicación internacionales más potentes han hecho un perfil del cantante y lo exponen como un héroe paradigma de la defensa de la libertad de expresión. Medios como los ingleses BBC o The Guardian, el francés Le Monde o el italiano La Reppublica, se han hecho eco de su atrincheramiento en la Universidad de Lleida y su posterior detención.
Pablo Hasél, que en realidad se llama Pablo Rivadulla, se puso a sí mismo el nombre artístico Hasél por un libro de cuentos cortos de literatura árabe donde había un personaje guerrillero que ejecutaba a una monarquía y parte de su nombre era Hasél.
Se declara republicano, antifascista y comunista y desde su ideología nacen sus canciones. La famosa de "Muerte a los Borbones" no es la única en este sentido. Otros títulos paradigmáticos son "Mariano Rajoy Brey (el brazo idiota de la ley)" o "Demomafia".
Cuando el rapero conoció la sentencia y supo que debería entrar en prisión, recibió varias ofertas para salir fuera de España y seguir los pasos del también condenado rapero Valtónyc, que hace vida en Bélgica tras haber sido sentenciado por causas parecidas a las de Hasél. Sin embargo, el leridano ha explicado en varias entrevistas que, después de pensárselo mucho, decidió quedarse y que nunca va a pedir el indulto para que su causa sirva como presión social para "desenmascarar" al Estado.
¿Habrá merecido la pena?
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