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El Gobierno de España aprueba la ley de 'riders'

© Europa Press / Rober Solsona 'Riders' en una manifestación de repartidores a domicilio, en Valencia
 'Riders' en una manifestación de repartidores a domicilio, en Valencia - Sputnik Mundo, 1920, 11.05.2021
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La norma obligará a las plataformas de reparto a domicilio a contratar a estos trabajadores y a informarles de los parámetros, las reglas e instrucciones en las que se basan sus algoritmos.
El Consejo de Ministros ha aprobado este decreto ley tras varios meses de negociación entre el Ministerio de Trabajo, sindicatos y patronales.
"Una norma que va a cambiar el sino de los tiempos", ha asegurado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Una regulación que convierte a España en la "vanguardia" en esta materia, ha dicho, ya que "no hay ningún país en el mundo que se haya atrevido a legislar sobre esta materia".
"Es la primera vez desde el siglo XX que el Gobierno tiene la valentía de incluir a un colectivo de trabajadores en la protección laboral", destacó.
Además de contratar a los trabajadores, las empresas deberán compartir los parámetros e instrucciones de los algoritmos y la inteligencia artificial que incidan en las condiciones laborales por las que se rigen estas plataformas.
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La ley de 'riders' solo afecta a los repartidores de las plataformas de reparto como Glovo, Ubereats o Deliveroo.
La vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo defendió que "un joven que va en una bicicleta con una app o un dispositivo no es un emprendedor" y que "no hay jurídicamente ningún margen de autonomía en esa relación". "No lo digo solo yo, lo ha dicho el Tribunal Supremo e infinitud de tribunales de nuestro entorno, y ahora lo dice el Gobierno de España", declaró Díaz.
La norma fue pactada entre el Ministerio de Trabajo, los sindicatos Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO), la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación de Pequeña y Mediana Empresa (Cpyme).
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El Tribunal Supremo de España declaró en septiembre de 2020 que los repartidores de la empresa Glovo no eran trabajadores por cuenta ajena, sino que tenían una relación laboral con la compañía. Glovo "se sirve de repartidores que no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, los cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador", aseguraba el fallo.
Sin embargo, los trabajadores tendrán que esperar un poco más para que la ley sea efectiva. Entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La ley de 'riders' topó con la oposición de las plataformas de reparto, que argumentan que la obligación de que sus trabajadores coticen desembocará en la pérdida de empleos, y con partes del colectivo que reivindican el derecho a seguir operando como autónomos.
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