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Entra en vigor en España la ley de Eutanasia: para quién, cómo y en qué casos

© Foto : Pixabay/truthseeker08 Una persona sosteniendo la mano de un paciente
Una persona sosteniendo la mano de un paciente - Sputnik Mundo, 1920, 25.06.2021
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La ley de regulación de la eutanasia se define como una prestación de ayuda para morir e intenta dotar de mayor dignidad a los pacientes en estado terminal que la soliciten sin coaptar sus libertades. Los profesionales sanitarios aseguran que tiene amplia aceptación y que no ha supuesto conmoción alguna en sus centros de trabajo.
Aprobada el 18 de marzo en el Congreso de los Diputados por una mayoría de grupos parlamentarios, la ley ha convertido a España en el sexto país del mundo y el cuarto a nivel europeo en despenalizar esta práctica, la cual puede ya aplicarse en aquellos pacientes que la soliciten y que se encuentren "en un contexto de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable".

¿Cómo se aplica?

La prestación de eutanasia se puede realizar en centros sanitarios públicos, privados o concertados, e incluso en el domicilio del paciente. Para recibirla hay que cumplir varios requisitos, siendo el primero de ellos "tener nacionalidad española o residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a 12 meses, tener mayoría de edad y ser capaz y consciente en el momento de la solicitud", dice el primer punto del artículo 5 de la ley.
Aparte, el solicitante debe disponer de toda la información médica sobre su proceso y estar al tanto de las alternativas a este, así como haber rellenado voluntariamente dos formularios con 15 días de diferencia entre sí reafirmando su consentimiento. El médico responsable debe certificar que sufre "una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante".
Este profesional sanitario deberá contar con la opinión de un segundo facultativo ajeno a su grupo y "del ámbito de las patologías que padece el paciente". Dos expertos (uno de ellos un jurista), elegidos por una comisión (de carácter autonómico), evaluarán cada caso en concreto. Si no concuerdan en su decisión, esta la asumirá el pleno de la Comisión de Garantías y Evaluación de cada comunidad autónoma, formado por personal médico, de enfermería, juristas y trabajadores sociales. Por otro lado, si los sanitarios implicados mostrasen reparos para ejecutar la prestación, podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia, que deberán expresar con antelación y por escrito.
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¿Y si se duda de la capacidad del paciente?

En el caso de que el paciente no se halle en uso de sus facultades y no pueda completar los trámites necesarios, los facultativos se guiarán por un protocolo destinado a valorar la incapacidad de hecho para la eutanasia. El documento fue acordado el 23 de junio en el marco del Consejo Interterritorial de Salud.
En palabras de la ministra de Sanidad, Carolina Darias, el protocolo es un "manual de recomendaciones" a disposición de los facultativos. Consta de una entrevista para cerciorarse de que el paciente comprende la decisión que va a tomar. Si el médico albergara dudas, se evaluará la situación cognitiva del paciente mediante otras herramientas evaluativas. En la práctica, dos cuestionarios.
Uno es el Instrumento de Ayuda para la Evaluación de la Capacidad (ACE) y el otro la Herramienta de Evaluación de la Capacidad para Tratamiento (MacCATT). Ambos miden si el paciente entiende lo que se le dice, y si comprende su enfermedad y el alcance de su decisión. También determina la existencia o no de elementos externos que condicionen la misma.
El protocolo descrito servirá para determinar cómo abordar las peticiones de pacientes con problemas de salud mental o deterioro cognitivo, pero hay quien afirma que la ley no aclara cómo se evalúa y se mide el sufrimiento de un paciente que pide la eutanasia. Es decir, cómo se define el padecimiento grave. "Los casos en los que exista un trastorno psiquiátrico subyacente, serán más complejos", admite a Sputnik el doctor Pere Llorens, jefe del Servicio de Urgencias del Hospital General de Alicante. "Se puede dar el caso de un paciente estable con esquizofrenia (porque el 1% de la población la padece) y que puede tomar decisiones. Pero los expertos no solo van a poder decidir; también podrán solicitar los peritajes que consideren oportunos".
Los casos en que sea difícil determinar la capacidad del paciente para tomar decisiones representarían un problema "más de tipo forense", conviene el doctor Gaspar Soriano, médico intensivista del hospital Virgen de los Lirios de Alcoy (Alicante), quien no obstante recuerda a Sputnik la disposición de un documento, "las voluntades anticipadas", mediante el cual un familiar cercano o tutor legal puede solicitar la prestación de eutanasia si el paciente ha expresado en él tal deseo anteriormente. "Porque, por ejemplo, un paciente con alzheimer y que ya no tenga conciencia, es un problema".

Libertad y dignidad

El debate sobre la necesidad de aprobar una ley que regule la ayuda a morir con dignidad llevaba años instalado en la sociedad española. El actual texto legal también tiene sus detractores, quienes por convicción religiosa o de otra índole, no lo aceptan.
La ley ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional (TC) por los dos principales partidos que se opusieron a ella, Vox y PP. Este último presentó su recurso el 24 de junio, pero la iniciativa tiene pocos visos de prosperar, pues en la víspera el TC rechazó suspender de forma cautelar la aplicación de la ley, como pidió inicialmente Vox. La comunidad médica asume la entrada en vigor de la ley con normalidad. "Es de sentido común", afirma el doctor Gaspar Soriano.
En opinión de la directora general de Asistencia Sanitaria de la Comunidad Valenciana, Mariam García Layunta, la ley "pretende dar respuesta a lo que se considera una demanda sostenida de la sociedad actual y justifica la legalización y regulación de la eutanasia, de un lado, sobre los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral, y de otro, sobre bienes constitucionalmente protegidos, como la dignidad, la libertad o la autonomía de la voluntad". De opinión similar es Pere Llorens, que la inscribe en un contexto más amplio. "Las leyes de sanidad son importantes porque dan derecho al paciente a elegir qué hacer con su vida sin que se coapten su libertad y dignidad", subraya.
"Los profesionales sanitarios están a favor, al menos en mi entorno", declara el doctor Soriano, quien asegura que la ley no ha tenido ninguna repercusión negativa en su centro de trabajo. "No ha pasado nada". Él califica de "gran avance" su entrada en vigor y comprende su necesidad. "Porque, como médico, al final interiorizas el sufrimiento de todo lo que ves".
"Esta ley nos hace mucho más libres a nivel individual y como sociedad. Yo tenía un perrito y en su momento me tocó sacrificarlo, y mi reflexión fue pensar que un perro tenía más suerte que una persona".
Gaspar Soriano Zaragoza
Médico intensivista

Con ritmo desigual

No todas las comunidades autónomas han compuesto sus comisiones de Garantía y Evaluación con la misma celeridad. De hecho, solo seis (Baleares, Extremadura, Murcia, País Vasco, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana) han designado ya a sus miembros, entre los que figuran enfermeras, juristas, trabajadores sociales y especialistas en neurología, urgencias, cuidados paliativos y salud mental.
La ley contempla que las comisiones estén formadas por, como mínimo, siete miembros. La de Castilla-La Mancha la forman 10 personas con licenciatura o grado en Medicina o en Medicina y Cirugía, en Derecho, en Psicología Clínica, en Enfermería, en Filosofía y con formación en bioética. La de Comunidad Valenciana la integran 15 profesionales, titulares y otros tantos suplentes, de los ámbitos de la medicina, la enfermería, la psicología, el derecho, y el trabajo social.
"Son expertos en regular a ayudar a morir", señala Pere Llorens. Este médico afirma que lo que se ha buscado es cubrir "toda la globalidad" y que su designación ha corrido a cargo de los colegios profesionales a petición de la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana. "Son especialistas en cuidados paliativos, hospitalización a domicilio, cuidados intensivos, médicos de planta de especialización interna, y de atención primaria".
"En la Comunidad Valenciana se ha hecho bien, se ha pedido consejo a los colegios profesionales para que aporten sus expertos a la comisión, lo cual da garantías de que estos no han sido elegidos por ningún partido político, por ejemplo. Quien solicite la prestación, verá que le atienden profesionales, no ligados a la política, sino designados por los colegios profesionales".
Pere Llorens Soriano
Médico urgenciólogo

¿Cuidados paliativos o eutanasia?

Es previsible que los profesionales implicados, al margen de su cualificación en campos como los de la bioética y los cuidados paliativos, vayan puliendo sobre la marcha su trabajo para administrar la prestación de eutanasia. Con la sedación paliativa, no se hace nada por detener el curso natural de una dolencia en un paciente terminal, pero se alivia su dolor.
"La etapa final de los cuidados paliativos comparte cierta similitud con la eutanasia, aunque no tiene nada que ver", advierte el doctor Soriano, quien estima que este tipo de cuidados, a menudo con fármacos mórficos y oxígeno, podrían ser un argumento para denegar la prestación de ayuda a morir. "Aunque los pacientes oncológicos en estado terminal es probable que se mueran antes de conocer el veredicto de la comisión, y eso que puede haber casos en los que alguien no quiera pasar sus últimos tres meses sufriendo. Hay personas para las que esos tres meses no tendrán sentido, y otras para las que sí".
"Si alguien elige fervientemente seguir viviendo, el paciente quedará atendido por una medicina de cuidados paliativos", conviene su colega Pere Llorens. "Si en una situación irreversible y terminal el paciente no quiere una ayuda para morir, le darán este otro tipo de soporte. Pero no le van a aplicar la eutanasia, que es un poco el miedo que meten los detractores de la ley. Porque la ley no significa que se vaya a invertir menos en cuidados paliativos, los cuales mejoran constantemente".
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¿Controversia entre los profesionales?

"Esto no ha provocado absolutamente nada, es una parte más de nuestro engranaje", afirma Llorens, que compara la controversia creada a nivel político y de opinión pública con la que en su momento generó la ley del aborto. "Que haya una ley del aborto no ha provocado que haya más o menos abortos".
"Ninguna de las leyes de sanidad ha provocado que apareciesen más pacientes o más candidatos a hacer uso de las mismas. Las leyes están para que quien lo deseé pueda elegir y tenga autonomía para ejercer un derecho sin cometer ningún tipo de delito. No ha provocado ningún tipo de conflicto porque la ley prevé que uno pueda objetar a toda esta situación".
Pere Llorens Soriano
Médico urgenciólogo
"Yo creo que los filtros son suficientemente serios y rigurosos. No es, como dicen los detractores de la ley, que una vez se solicite la prestación al día siguiente ya te ponen una inyección letal. Una cosa es lo que decida la comisión, y luego puede haber casos que necesiten un segundo y tercer filtro", concluye el doctor Pere Llorens.
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