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México pone candados a la industria del tabaco: ¿lo permiten los tratados internacionales?

CC0 / Pixabay / Cigarrillos
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Así como ocurrió a Uruguay en 2010, cuando empresas subsidiarias de la trasnacional Phillip Morris lo demandaron por su regulación para prevenir el tabaquismo entre su población, ¿podría pasarle lo mismo a México?
Cuando en febrero de 2010 tres empresas subsidiarias de la trasnacional Phillip Morris demandaron al Gobierno de Uruguay ante el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas (CIADI) —un panel encargado de arbitrar para el Banco Mundial—, fue evidente el conflicto entre el cuidado de la salud pública y los derechos de propiedad industrial que las empresas reclaman como parte de su patrimonio.
En su momento, las tabacaleras argumentaron que Uruguay había incumplido el Tratado Bilateral de Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones con Suiza, firmado en 1991. Según estas empresas, las medidas para el control del tabaquismo impulsadas por el entonces presidente uruguayo, Tabaré Vázquez, significaban una expropiación de los derechos de propiedad industrial de la compañía, sin haber recibido compensación por ello.
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Además, las trasnacionales sostuvieron que las medidas de protección a la salud eran arbitrarias —pues acusaron que el Estado no tenía evidencia de que funcionaran— y que, con ellas, se incumplían las expectativas de las empresas para tener "un ambiente de regulación estable".
También dijeron que se habían cerrado para ellas los caminos a la justicia en el más austral de los países sudamericanos y que, por esa razón, recurrían a instancias internacionales.
Tras más de seis años de pleito internacional, la CIADI falló a favor de Uruguay, condenando a Phillip Morris a cubrir el pago de 7 millones de dólares para cubrir los costos legales del conflicto.
En el fallo se advirtió que, por un lado, no era necesario tener probada la eficiencia de las medidas adoptadas como política de salud pública, mientras hubiesen sido tomadas de buena fe. También se reivindicó la potestad de los Estados de crear políticas sanitarias para su población por encima de la protección económica de los privados involucrados.
Ese es el argumento central con el que Erick Antonio Ochoa, director de la organización civil Salud Justa Mx, lee la situación. Su organismo fue uno de los principales cabildantes en favor de la reforma de la Ley General para el Control del Tabaco, que fue aprobada en la última sesión de 2021 del Senado de México.
"En los tratados de comercio que México ha suscrito, de ninguna manera se supedita el derecho a la salud de la población a cualquier tipo de protección a la propiedad intelectual o económica de personas y empresas. En ese sentido, estamos tranquilos de que no vaya a sucederle lo mismo que a Uruguay", explicó el experto.
Ahora bien, ¿cuál es la diferencia?

México no es Uruguay

Antonio Ochoa no titubea cuando dice que, en los últimos 10 años, han presentado más de 50 propuestas al Congreso mexicano que, en su mayoría, buscaban lo que ahora se conquistó: reformar la Ley General para el Control del Tabaco.
El experto explicó a Sputnik que la reforma aprobada a mediados de diciembre de 2021, puso al país en línea con dos artículos "fundamentales" del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco.
En primer lugar, el artículo 8, el cual estipula la prohibición del humo de tabaco en los espacios cerrados y las áreas interiores de trabajo. El 13, por su parte, prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco.
Ahora sólo falta que las modificaciones sean aprobadas y firmadas en un decreto por el presidente López Obrador.
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Bajo estas nuevas reglas, en México ya son espacios 100% libres de humo "todos los sitios de concurrencia colectiva", como teatros, estadios deportivos u otros recintos multitudinarios.
También se incluyó la prohibición de "todo tipo de emisiones", incluyendo de forma avanzada a los nuevos productos de las tabacaleras, como los cigarrillos electrónicos y los vaporizadores.
"Todos estos productos suponen una innovación para la industria tabacalera, pero son un riesgo para la salud de las personas, y también han quedado restringidos para usarse en los espacios de concurrencia colectiva", dijo el activista a Sputnik.
Por otro lado, la prohibición que México aprobó a todo tipo de publicidad relacionada con el tabaquismo es bastante completa, ya que alcanza a un amplio ámbito desregulado de influencers y las redes sociales, que suelen dirigir sus mensajes de consumo a la gente más joven y a menores de edad.
Entonces, ¿cuál es la diferencia con el caso uruguayo? Que México no incluyó la obligación para las empresas de adoptar un empaquetado genérico o neutro, como sí lo hizo Uruguay en 2010. Tampoco obligó a las marcas a fusionarse en firmas únicas, es decir, sin subproductos como lo hacen actualmente.
Antonio Ochoa explicó que, en algunas de las contadas iniciativas presentadas al Congreso previamente, sí se había incluido esta exigencia de un empaquetado neutro. Sin embargo, dijo que gracias a las presiones ejercidas por la industria, la propuesta fue retirada.

Lobby del humo

Cuando la actual reforma estaba en manos de la Cámara baja, el entonces diputado Fernando Galindo, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), que encabezaba la Comisión de Economía en la pasada legislatura, "obstaculizó cualquier proceso que incluyera estas determinaciones sobre el empaquetado neutro", apuntó Antonio Ochoa.
"[Galindo] decidió incluso no sesionar hasta que se eliminaran del proyecto que tenían a estudio los puntos que molestaban a la industria", relató.
Salud Justa Mx acusó públicamente esta presión y documentó la realización de un foro en marzo de 2021, cuando desde la mencionada Comisión se invitó a representantes de la industria, en particular de la empresa Juul, que se dedica a la elaboración de cigarrillos electrónicos y que también está vinculada a Phillip Morris.
"Sabíamos también que la industria amenazaba con una reacción beligerante si se limitaban los saborizantes y los aditivos en sus productos. Ese tema preocupa mucho a la industria y puede generar una reacción más violenta de su parte, dados los intentos de comercialización que están haciendo de sus nuevos productos en nuestros países. Eso tampoco se incluyó en el decreto", comentó la fuente.
Sin embargo, para las organizaciones que la promovieron, se logró una reforma interesante en México, que pone al país entre los más avanzados respecto a la prevención del consumo de tabaco en la región.
El activista de Salud Justa Mx recordó que apenas 24 de los 35 países que se han adherido al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, han adoptado una regulación similar a la mexicana sobre la declaración de espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.
Además, indicó que México "va a estar en un nivel de cumplimiento superior" de lo que exige la OMS en materia de prohibición de publicidad. Con ello, dijo, será el noveno país de América en vetar toda la publicidad, promoción y patrocinio por cualquier canal para un producto de tabaco.
El punto medular es que las modificaciones realizadas no se inmiscuyen directamente con las cuestiones "prioritarias" de sus derechos de propiedad intelectual, industrial, uso de marcas, logotipos y emblemas, que pusieron a Uruguay ante la avanzada legal trasnacional.
"No me parece que los cambios realizados sean prioritarios para la industria que pueda llevarlos a interponer un litigio en su contra, aunque siempre debemos estar preparados para lo peor. Desde Salud Justa Mx tenemos un equipo de abogados que pueden defender los avances ante la Suprema Corte de Justicia de México, de ser necesario", concluyó.
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