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¿Es tu cumpleaños? En Bolivia tendrás media jornada laboral libre

© Flickr / Carolina MeloFeliz cumpleaños
Feliz cumpleaños - Sputnik Mundo, 1920, 03.05.2022
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El presidente de Bolivia, Luis Arce, decretó nuevos derechos laborales para los trabajadores por luto o matrimonio, entre otras situaciones. Una de las novedades es que los trabajadores podrán tener media jornada libre el día en que cumplen años.
La conmemoración del Día Internacional del Trabajador en Bolivia vino acompañada con la consagración de nuevos derechos para los trabajadores del país en términos de goce de licencias y vacaciones.
El presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Luis Arce, dio a conocer las nuevas disposiciones referentes al goce de licencias y vacaciones para los trabajadores, mediante la publicación de los decretos supremos 4708 y 4709 ya entrados en vigencia, publicados en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional.
Ante la necesidad de asistir a un velorio y funeral de un familiar (padres, cónyuges, hermanos o hijos), la norma otorga tres jornadas libres disponibles sin descuentos. Para lo anterior se deberá presentar un certificado de defunción al empleador en los siguientes cinco días hábiles de sucedido el fallecimiento.
En caso de contraer matrimonio, el trabajador o trabajadora gozará de tres días de licencia sin perjuicio salarial. Para el caso de matrimonios se deberá presentar al empleador con anterioridad, el certificado de inscripción de fecha expedido por el Registro Civil.

¿Cómo es la licencia por cumpleaños?

La novedad de los decretos presidenciales en materia laboral recae en la incorporación de un beneficio para los trabajadores que cumplan años.
El nuevo derecho habilita al trabajador a realizar solo media jornada durante su cumpleaños, sin tener ningún descuento en sus haberes por ello.
Para poder acceder a la licencia por cumpleaños, bastará con que el trabajador presente su documento de identidad ante el empleador, de forma de acreditar que efectivamente es la fecha correspondiente.
Los decretos supremos también establecen nuevas normativas referentes a las vacaciones de los trabajadores, quienes a partir del 1° de mayo de 2022 podrán fraccionar sus vacaciones, vale decir, que tendrán la posibilidad de usar los días de vacaciones generados durante el año en diferentes momentos.
Sin embargo, el fraccionamiento de las vacaciones debe ser en común acuerdo con el empleador, en función de los turnos de vacaciones con los compañeros de labores y no podrán dividirse en más de tres periodos por año, según el decreto supremo 4709.
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