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El Tribunal Supremo español impone que el 25% de las clases en Cataluña sean en castellano

© Flickr / David FernándezDiccionario de la lengua española
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El Tribunal Supremo fija en 25% el uso del castellano en las escuelas de Cataluña, con la obligación de incluir una asignatura troncal, según ha informado este viernes la institución en un comunicado.

Ese porcentaje fue recurrido por dos padres de alumnos, que solicitaban que se fijara en el 50%, y por el Gobierno nacionalista catalán, al entender que, cuando estableció ese criterio, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) estaba suplantando una potestad que le correspondía a la Administración catalana.

Ahora el Supremo, en dos sentencias de 23 y 28 de abril, rechaza los dos recursos.

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Esta polémica medida llega en plena campaña electoral en Cataluña, donde los partidos secesionistas se han impuesto el objetivo de ganar los ayuntamientos en su proceso hacia la independencia.

El Alto Tribunal considera "razonable" y "proporcionado" fijar en un 25% el uso del castellano en las escuelas de Cataluña y exige que incluya una "asignatura troncal y no solo la de lengua castellana".

La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, avala así el porcentaje fijado por el TSJC al ejecutar las sentencias del alto tribunal que desde 2010 vienen reconociendo el uso del castellano como lengua vehicular en las escuelas catalanas.

Según el Supremo, la decisión adoptada por el TSJC ha de entenderse "proporcionada, razonable y ajustada a la consecución de la efectividad de la enseñanza del castellano, derivada de su carácter de lengua vehicular, que es lo que la sentencia dispuso en su fallo".

Frente a las alegaciones de la Generalitat, que consideró que el TSJC suplantaba sus competencias, el Supremo arguye que el TSJC ha tenido que suplir el incumplimiento de la Administración regional, que ha hecho dejación de esa potestad y que ha venido "desatendiendo los sucesivos requerimientos efectuados por la Sala para ejecutar la sentencia".

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El Supremo recuerda que el TSJ otorgó al Ejecutivo regional "varias y reiteradas oportunidades para que llevará a efecto lo ordenado en la sentencia, esto es, para que adoptará las medidas que garanticen el establecimiento del castellano como lengua vehicular y estableciese la correspondiente proporción".

Los magistrados señalan también que la condición de lengua vehicular no puede entenderse alcanzada, reduciendo el uso del castellano al de "objeto de estudio de una asignatura más, por lo que no basta con la enseñanza de dicha lengua cooficial, sino que debe incluir otra área, materia o asignatura de carácter troncal.

La Sala añade, por último, que la "atención individualizada" que propone el Gobierno soberanista para dar cumplimiento a la sentencia ha sido ya reiteradamente rechazada por el Supremo, "pues conduce a una situación de discriminación prácticamente idéntica a la separación en grupos por razón de la lengua habitual".

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