"El Estado debe velar porque quienes adquieran armas o las posean no representen riesgo ni peligro social, debiendo ser idóneos en el manejo y porte de las mismas", señala el decreto.
El manejo de la seguridad pública es uno de los cometidos fundamentales del Estado y resulta primordial que este mantenga un registro completo de las armas para llevar un control adecuado sobre tenencia y porte.
El decreto establece asimismo cuáles son las armas no podrán portar los civiles por ser de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y de seguridad.
En virtud del decreto, para portar cualquier arma se deberá obtener un título de habilitación para la adquisición y tenencia que requiere un examen físico realizado por médicos o instituciones habilitadas por el Ministerio de Salud Pública.