"La conducta sancionada se aleja de la función social de los medios de comunicación y de la prudencia con que debe actuar la televisión, tanto en la cobertura de la noticia como en los comentarios anexos", señala la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Ante la falta, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) denunció al canal ante el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), organismo que falló en contra de la emisora, aplicando la sanción respectiva.
Posteriormente, el medio televisivo se dirigió a la Corte de Apelaciones de Santiago para realizar su defensa correspondiente, pero la justicia determinó durante esta jornada ratificar la sanción emitida por el CNTV.
No obstante, el INDH aseveró que la información entregada por 'Bienvenidos' era suficiente para identificar a la niña, debido a que los datos entregados correspondían a su edad, descripción del grupo familiar, exhibición del edificio de la supuesta casa familiar, nombre de la calle donde vivían, grabación del establecimiento educacional donde estudió la niña, entre otros.
La entidad aseguró que con este acto se vulneraron los principios declarados en la Convención de los Derechos del Niño, que Chile ratificó en 1990.