"Se establece que el TSJ fijó este criterio tomando como referencia el valor que el Ejecutivo Nacional fije para el petro, a fin de materializar la justicia en favor de quien resulte afectado en sus derechos e intereses, y contrarrestar las acciones que han pretendido desestabilizar la economía nacional", indica la nota difundida por el Supremo en las redes sociales.
El dictamen está basado en el decreto sobre Criptoactivos y la Criptomoneda Soberana Petro, aprobado en abril pasado por la Asamblea Nacional Constituyente, y que establece "las bases para el manejo de estos mecanismos alternativos en la actividad financiera y comercial".
El petro fue nombrado por primera vez a finales de 2017 por el presidente Nicolás Maduro; en febrero se realizó su preventa y el pasado 1 de octubre comenzó a funcionar el libro de registro de transacciones o blockchain.
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Hasta el momento no es posible comprar petros con bolívares (moneda local), y una de estas criptomonedas equivale a 60 dólares.
De acuerdo con las últimas cifras publicadas por la Asamblea Nacional (parlamento unicameral), de mayoría opositora, la inflación en septiembre cerró en 233,3%, mientras el Fondo Monetario Internacional ha estimado que en 2019 este índice podría alcanzar 10.000.000%.
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