"La Corte Constitucional determinó que la Fiscalía es la competente para adoptar medidas cautelares sobre los bienes relacionados con las FARC que estén en proceso de extinción de dominio en esa entidad", indicó la Corte a través de su cuenta de la red social Twitter.
El magistrado Luis Guillermo Guerrero dijo en una conferencia de prensa que "aquellos bienes que sean objeto de extinción de dominio deben ser usados para reparar a las víctimas".
La decisión de la Corte se dio luego de que los magistrados debatieron el decreto ley 903 de 2017, el cual establece que es la jurisdicción ordinaria (y no la transicional, como el caso de la JEP o tribunal de paz de este país) que debe tener a su cargo los bienes que no estén incluidos en el inventario entregado por las FARC tras la dejación de armas.
Radio: "La olla de presión del conflicto en Colombia está estallando"
Los excombatientes firmaron la paz con el Gobierno de Juan Manuel Santos (2010-2018) en noviembre de 2016 y a mediados de 2017 cerca de 7.000 de ellos dejaron las armas, se desmovilizaron e iniciaron procesos de reincorporación a la vida civil orientados por el Estado.
El conflicto de competencias entre ambos organismos se dio luego de que la JEP (tribunal creado en los diálogos de La Habana) le ordenó a la Fiscalía General que le entregara un informe sobre los bienes de las FARC que no fueron declarados por esa exguerrilla al 15 de agosto de 2017, fecha límite que tuvo para entregarlos.
El fiscal general, Néstor Humberto Martínez, calificó el pedido de la JEP como "improcedente", y señaló que cualquier bien de las FARC encontrado después de esa fecha tendría que ser objeto de extinción de dominio por parte de la justicia ordinaria por tener un origen ilícito.
Según la Fiscalía, después del 15 de agosto de 2017 se han encontrado 548 predios urbanos, 5.228 bienes rurales, 207 bienes baldíos, 284 predios comerciales, 792.808 animales de ganadería y 1.166 vehículos que no fueron declarados por las FARC.