Cuando, en 2016, los desalojos arbitrarios empezaron a ser denunciados con mayor frecuencia en Ciudad de México, la subsecretaría de Gobierno de Ciudad de México había indicado que ocurrían 2.000 al año en la capital del país.
Según la información pública obtenida, las cifras son las siguientes: En 2014, hubo 3.140 desalojos. En 2015, fueron 3.033 desalojos. En 2016, registraron 3.200 casos. En 2017, fueron 3.141.
De acuerdo a la misma fuente oficial, en lo que va del año 2019, entre enero y marzo ya se tienen registrados 460 desalojos en Ciudad de México.
Aunque la autoridad no lleva un registro específico de los predios vaciados, las cifras surgen de los pedidos de apoyo a la fuerza pública para ejecutarlos.
Sin Garantías
Sputnik pudo confirmar que existe un 'modus operandi' irregular en diversos casos de desalojo que se han producido en el corazón de Ciudad de México, valiéndose de una situación compleja y ampliamente extendida en la tenencia de vivienda.
Por un lado, aunque el Código Civil establece la obligación de notificar previamente a las personas que van a ser expulsadas, esto no se cumplió en ninguno de los casos que han fundado el Movimiento de afectados.
De fondo, el problema que asoma es la falta de certeza jurídica con la que vive buena parte de los habitantes de la capital, sin papeles de propiedad de sus casas. Aunque no sean los dueños legales, el Código Civil les ofrece la posibilidad de serlo cuando los propietarios han abandonado sus obligaciones y los vecinos pueden probar que su posesión se ha mantenido durante diez años ininterrumpidos.
La contraparte que ha promovido su expulsión, en cambio, según se desprende de los casos estudiados, no ha necesitado probar fehacientemente su propiedad ante la Justicia para obtener una orden de desalojo. Así, empresarios locales y capitales vinculados a la especulación inmobiliaria, han desplazado a la población original de zonas populares como el Centro Histórico, sin ser realmente los legítimos dueños de los edificios en disputa.
Un candado legal
La situación se volvió explosiva en los últimos años, por lo que la organización civil Habitat International Coalition junto al Movimiento Urbano Popular y la Plataforma Vecinal de la colonia Juárez promovieron la inclusión de una cláusula específica sobre desalojos en la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías.
Además de reconocer el derecho a una vivienda adecuada bajo los estándares internacionales, definidos por las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el artículo 60 de la ley indica que los desalojos forzosos o lanzamientos "podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales" y que en caso de concretarse, "las autoridades competentes deben garantizar el adecuado realojamiento de las personas sin recursos desalojadas, en un radio no mayor a 15 kilómetros tomando como centro el lugar de origen".
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Sin embargo, esta garantía básica de reubicación para la población podría ser eliminada por iniciativa del diputado Temistocles Villanueva de Morena (el partido en el Gobierno) quien boga porque se eliminen la exigencia de los 15 kilómetros para la reubicación de los afectados, así como que ésta se haga "en la medida de las capacidades" de la autoridad y no de manera general como hoy establece la ley.