"Declárase la nulidad de la Resolución 1595 de julio 19 de 2018 expedida por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual declaró que la señora Ángela María Robledo Gómez tiene el derecho personal a ocupar una curul en la Cámara de Representantes durante el periodo constitucional 2018-2022", señaló el Consejo de Estado a través de un fallo.
Robledo ocupaba un escaño en la Cámara desde el pasado julio luego de que ella y Petro ocuparon la segunda posición en las elecciones a Presidencia y Vicepresidencia, que ganaron los derechistas Iván Duque y Marta Lucía Ramírez, respectivamente.
Según el Estatuto de la Oposición, los candidatos a la Presidencia y a la Vicepresidencia de Colombia que ocupen el segundo lugar en las elecciones, tienen derecho a ocupar, cada uno, un escaño en el Senado y otro en la Cámara, por lo que Petro (exguerrillero del desaparecido grupo M-19 y exalcalde de Bogotá) ejerce como senador y es uno de los mas fuertes críticos del Gobierno.
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El escaño de Robledo fue demandado por una veeduría ciudadana que sostiene que ella violó la Constitución porque incurrió en la prohibición de la doble militancia, ya que no renunció a su partido político (Alianza Verde, centro-izquierda) doce meses antes de ingresar al partido Colombia Humana (izquierda), que lidera Petro, para aspirar a la Vicepresidencia de Colombia.
"No me quitan la curul a mí, sino a ocho millones de colombianos/as que por Constitución y el Estatuto de la Oposición tienen el derecho a ella. Estoy serena pero con profundo dolor. Respeto el fallo del Consejo de Estado aunque no lo comparta", escribió Robledo.
El fallo contra Robledo se conoce justo dos semanas después de que el propio Consejo de Estado declaró como nula la elección del excandidato presidencial y líder de centro-izquierda Antanas Mockus como senador de la República, debido a la firma de un contrato que ejecutó con el Estado en 2017, por lo que también debió dejar su escaño.