"En el veto al Código Integral Penal, en donde se contempla el tema, el presidente trasladó a la Corte Constitucional la responsabilidad de definir si se despenaliza o no el aborto por violación", dijo Gómez de la organización no gubernamental feminista local.
La semana pasada se cumplieron los 30 días de plazo para que Moreno presentara al parlamento sus observaciones o veto a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), aprobadas el 17 de septiembre por el legislativo.
El veto presidencial a algunas reformas del COIP fue enviado en la noche del 18 de octubre a la Asamblea Nacional (parlamento unicameral).
De acuerdo con Gómez, la Corte Constitucional tiene un mes para definir sobre el tema.
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La activista afirmó que Moreno no tomó la decisión, pero en el veto presidencial existe un avance en cuanto a la opinión presidencial, pues se establece que el artículo 150 es ambiguo, tiene carácter de inseguridad jurídica y, de acuerdo con convenciones internacionales, discrimina y pone a las mujeres en un estado de embarazo forzado cuando son violadas.
Actualmente en Ecuador el aborto es considerado un delito, pero no es punible en dos casos: cuando está en riesgo la vida y salud de la mujer, y en casos de violación a una persona que padezca discapacidad mental.
Gomez añadió que la Corte Constitucional tiene suficientes elementos para, en derecho, despenalizar el aborto en esas tres causales.
"Si es una Corte técnica y apegada a derecho, con una interpretación adecuada, debería despenalizar el aborto por violación", opinó Gómez.
Hasta el momento ni la Corte Constitucional ni la Asamblea Nacional han emitido este lunes un pronunciamiento al respecto.