"Elaboramos una Carta Técnica que surge de conversaciones con otras organizaciones que apuestan a una red de Internet libre, abierta y plural, en la que las mujeres puedan hacer uso de espacios para ejercicio y defensa de los derechos humanos", dijo Tudón, coordinadora de Derechos Digitales en el capítulo mexicano de Artículo 19.
La organización internacional, que lleva el nombre del artículo que proclama la libertad de expresión en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, comienza por considerar que la difusión no consentida de imágenes sexuales es "una forma cruel de invasión a la privacidad" que afecta en su mayoría a las mujeres.
La creación de nuevas figuras legales tipificadas en los sistemas penales se ha extendido, "pero con muchos vacíos en la protección de la libertad de expresión; aunque el fin sea legítimo, al tipificar la conducta a veces se hace más daño que ofrecer una solución real", advierte la experta.
El análisis de los proyectos de reformas a los códigos penales en las entidades de la federación mexicana muestra que "no son un medio idóneo para solucionar un problema público relacionado con una violencia estructural" contra las mujeres, indica el documento de Artículo 19.
Excesos legales, olvidos reales
La especialista explica que los nuevos códigos para el uso de Internet pueden ocasionar "daños directos y limitaciones desproporcionadas al ejercicio real de la libertad de expresión y de información", sobre todo de sectores vulnerables.
El riesgo es que la tipificación indiscriminada "se convierta en un mecanismo para que se laven las manos, y la violencia contra las mujeres siga de otra manera", argumenta Tudón.
Las nuevas legislaciones en debate sobre imágenes difundidas sin consentimiento abarcan una extensa gama.
"Están redactadas en forma tan amplia que toda fotografía personal puede caber en ellas", explica la especialista.
Un caso reciente para poner a prueba los nuevos delitos tipificados fue la difusión de una fiesta de diputados a la que llegaron mujeres bailarinas a las instalaciones de un partido.
La Carta Técnica de Artículo 19 propone castigar la violencia contra las mujeres, más allá de una sola conducta que les impide acceder a la justicia.
"Los tipos penales que pueden ser utilizados ya existen, no es necesario crear nuevos contra conductas que ya se pueden castigar, y no es recomendable que haya dos tipificaciones diferentes para un mismo problema de fondo", subraya Tudón.
Alerta que supuestas soluciones leguleyas solo caen en el "populismo penal de crear muchos crímenes, que nunca terminan en sanciones".
La Carta Técnica propone, en cambio, "reconocer un problema estructural que permite que ocurran estas conductas de violencia contra las mujeres", puntualiza.
Segundo, que el sistema de impartición de justicia "está saturado", lo cual deriva en "impunidad procesal y corrupción".
Y tercero, que la impunidad por delitos generales en es muy elevada, en México "es de hasta 99,3%".
Esa impunidad dramática explica por qué los políticos y legisladores prefieren impulsar medidas punitivas, que impactan en la libertad de expresión, en vez de encarar el fondo de la violencia de género, según Artículo 19.