Economía

La Comisión Europea defiende la legalidad de las enmiendas a Directiva sobre el Gas

BRUSELAS (Sputnik) — La Comisión Europea (CE) considera que las enmiendas a la Directiva sobre el Gas de la UE se ajustan plenamente a las obligaciones internacionales de la Unión Europea, declaró a Sputnik un representante de la CE.
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"La UE tiene ahora normas claras que se aplican a todos los gasoductos utilizados para suministrar gas al mercado europeo; la Comisión considera que la Directiva 2019/692 [que modifica la Directiva sobre el Gas] es plenamente compatible con las obligaciones internacionales de la UE", dijo el interlocutor, comentando la decisión de la empresa Nord Stream 2 AG de llevar el caso al tribunal. 

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El 25 de julio de 2019, Nord Stream 2 AG presentó una demanda ante el Tribunal General de la Unión Europea para que se anule la Directiva 2019/692, que modifica la Directiva sobre el Gas de la UE, debido a una violación de los principios de la UE de igualdad de trato y proporcionalidad.

La empresa denunció que las enmiendas a la directiva fueron elaboradas y adoptadas para crear condiciones desfavorables y perjudiciales para el proyecto Nord Stream 2.

Además, Nord Stream 2 AG se reserva el derecho de iniciar otro procedimiento arbitrario independiente contra la UE en virtud del Tratado de la Carta de la Energía.

La Unión Europea aprobó en abril pasado unas enmiendas a su Directiva de Gas relativas a los tramos marítimos de los gasoductos, las que se extenderán también al Nord Stream 2.

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La nueva ley entró en vigor el 23 de mayo y los países de la UE disponen de nueve meses para adaptar sus legislaciones nacionales a las nuevas reglas.

Según esta ley, los gasoductos nuevos y los existentes tendidos desde terceros países hacia la Unión Europea por aguas jurisdiccionales de sus Estados, deben corresponder a las normas que actualmente rigen para las tuberías tendidas por tierra firme.

En particular, debe respetarse la regla del llamado unbundling (separación de la propiedad), consistente en que una misma compañía no puede ser a la vez suministradora del combustible y propietaria del gasoducto, y las exigencias de fijar tarifas competitivas y dar acceso a la tubería a terceros países.

 

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