"La Corte ordenó a la Asamblea Nacional (parlamento unicameral) que, en el plazo máximo de seis meses, contado desde la presentación del proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo producto de una violación sexual, lo conozca y discuta con los más altos estándares de deliberación democrática", dijo la Corte Constitucional en un comunicado difundido el jueves.
Asimismo, la CC dispuso a la Defensoría del Pueblo que prepare un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación.
Dicha normativa deberá crearse con la participación activa de la sociedad civil y de manera coordinada con los distintos organismos estatales, en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la sentencia por parte de la CC.
El defensor deberá remitir al organismo constitucional la constancia de presentación del proyecto de ley ante la Asamblea Nacional, al cumplirse el plazo otorgado para su elaboración.
La CC declaró el miércoles la inconstitucionalidad de una norma del Código Orgánico Integral Penal (COIP) en la parte que se autoriza el aborto voluntario en mujeres con discapacidad mental.
La sentencia de la Corte establece que para garantizar los derechos de niñas, adolescentes y mujeres víctimas de ese delito tendrá efecto desde su publicación en el Registro Oficial, por lo que, la falta de regulación no podrá ser pretexto para incumplir la sentencia ni para sancionar a mujeres o médicos que interrumpan voluntariamente un embarazo producto de una violación sexual.
9 de marzo 2021, 00:28 GMT
La medida empezará a regir a partir de la publicación del dictamen aprobado por la CC en el Registro Oficial.
La Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, la Fundación Desafío, Mujeres con Voz, el Movimiento de Mujeres de la provincia de El Oro (sur), feministas de los colectivos Surkuna, Amazon Frontlines y de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu), impulsaron la acción de inconstitucionalidad.