Según informó al alto tribunal a través de un comunicado, los magistrados del Supremo rechazaron la petición "al no apreciar la concurrencia de circunstancias de especial urgencia para tramitar dicha suspensión".
Entre otros argumentos, el Supremo no considera justificada la alegación de los recurrentes de que la puesta en libertad de los indultados —hecho que se materializó el 23 de junio— aumenta la posibilidad de que estas personas huyan de la justicia o cometan nuevos actos delictivos.
En concreto, los magistrados argumentan que estas alegaciones se formularon de forma "genérica" sin "ninguna justificación que permita apreciar la inmediata materialización de tal riesgo".
Una vez rechazadas las medidas cautelarísimas, los magistrados del Supremo tramitarán la petición por el procedimiento ordinario, lo que otorga a la Abogacía del Estado cinco días para formular alegaciones en nombre del Gobierno.