Las islas Canarias apuestan por una vuelta al trabajo segura y tienen claro que para ello es necesaria la vacunación. El decreto ley publicado abre la puerta a que aquellas personas que se nieguen a recibir la vacuna o no presenten una prueba diagnóstica negativa no puedan trabajar.
Sin embargo, todavía no han quedado determinados qué sectores se verán afectados por esta medida. Tal y como se puede leer en el BOC, será el Gobierno de Canarias, en su condición de autoridad sanitaria quién los determinará.
13 de agosto 2021, 00:02 GMT
"La denegación del consentimiento para la realización de las pruebas diagnósticas se recogerá por escrito y conllevará la imposibilidad de desempeñar el trabajo o la actividad a la que se condicionó la realización de la prueba diagnóstica", señala el documento en el que también especifica que "este mismo precepto se aplicará a los efectos de la exigencia de vacunación".
En caso de no realizarlo, explica el decreto ley, podría derivar en "posibilidad de imposición de restricciones u obligaciones personalizadas en los términos previstos por este Decreto ley".
Avisa también esta norma de que la autoridad sanitaria podría realizar inspecciones sorpresa. Es decir, que podrían personarse sin notificación previa en los centros de trabajo y ordenar o efectuar las pruebas, investigaciones o exámenes que consideren necesarios para el cumplimiento de esta norma.