"Prorróguese el estado de emergencia nacional (...) por el plazo de 31 días calendario, a partir del miércoles 1 de octubre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19", indica el Gobierno en el Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano.
Esto implica la restricción de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio, así como la libertad de tránsito por el territorio nacional y la libertad de reunión.
La medida se ha ido prorrogando desde el inicio de la crisis sanitaria en marzo de 2020.
En el decreto, el Gobierno ha notificado sobre la clasificación de riesgo sanitario de las provincias de los 24 departamentos existentes en el país, según su estado de gravedad.
Las provincias se han dividido en cautro categorías: riesgo extremo, riesgo muy alto y riesgo alto y riesgo moderado; en cada categoría se indican las medidas restrictivas referidas a los horarios de toque de queda, el aforo en los establecimientos públicos y las restricciones en el uso de los medios de transporte.
Según la norma, el personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia.