A través del Diario Oficial de la Federación se hizo oficial la modificación de los artículos 449, numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato. Con esto, es oficial que integrantes del Gobierno de México pueden promover la consulta pese a la veda electoral del Instituto Nacional Electoral (INE).
La reforma, aprobada la tarde de este 17 de marzo por los legisladores mexicanos, modifica los alcances del concepto de propaganda gubernamental, principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
"No constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables", se lee en la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
A diferencia de otros procesos electorales en los que la veda comienza 72 horas antes del día de la elección, la veda rumbo a la consulta de revocación de mandato comenzó con más de 60 días antelación.