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La Justicia argentina confirma procesamiento de grupo que hacía escraches contra el Gobierno
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BUENOS AIRES (Sputnik) — Un tribunal argentino de segunda instancia ratificó de manera parcial los procesamientos de cuatro integrantes de Revolución Federal... 16.02.2023, Sputnik Mundo
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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional "confirma procesamientos de integrantes de Revolución Federal", informaron fuentes judiciales a las que accedió Sputnik, como parte de una causa que investiga amenazas contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.La corte confirmó el procesamiento dictado contra Ezequiel Morel, Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Guerra y Nilda Sabrina Basile por el juez de primera instancia Marcelo Martínez de Giorgi, pero modificó el delito del que se los acusa. Aunque el magistrado los había procesado por el delito de asociación ilícita destinada a combatir ideologías, delito penado con entre tres y ocho años de prisión, al quien tome parte de organizaciones que intenten imponer sus ideas, o combatir las ajenas, por la fuerza. Pero el tribunal de apelaciones modificó la calificación a una más leve, la de "incitación a la violencia colectiva", que tiene una escala penal menor, de tres a seis años de reclusión. Los magistrados también les redujeron los embargos de 9 millones a 4 millones de pesos para cada uno (de 45.454 dólares a 20.202 dólares, de acuerdo al cambio oficial). De acuerdo al fallo, los jueces consideraron que la agrupación no tenía la entidad para ser considerada una asociación ilícita destinada a combatir ideologías. Revolución Federal, "que habría sido conformada en un primer momento por Jonathan Ezequiel Morel y Leonardo Franco Sosa –y a la cual se habrían integrado posteriormente Gastón Ezequiel Guerra y Nilda Sabrina Basile—, no parecería poseer en principio, a partir del análisis efectuado por el magistrado de grado en su resolución, la entidad para ser considerada una asociación ilícita destinada a combatir ideologías", sostuvo la Cámara. Los camaristas Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi reconocieron "el uso de expresiones extremistas y de indudable contenido violento contra integrantes del Poder Ejecutivo Nacional y simpatizantes de uno u otros partidos políticos, y de ciertas reprobables acciones de índole ofensiva, como la provocación de daños o el proferir insultos y frases amenazantes, que tendrían su debida respuesta penal en cada caso". Razonamientos Los jueces observaron "la reducida cantidad de personas convocadas a las manifestaciones y lo que se denomina 'escraches'", por más que "el contenido de las publicaciones en redes sociales" podía parecer "a simple vista que la convocatoria podía ser amplia". Pero en las sucesivas manifestaciones apenas llegaron a congregarse nueve, quince y hasta cincuenta personas, "entre quienes se hallaban personas de otros grupos y autoconvocados", apostilló el tribunal. Por lo tanto, "las manifestaciones y conductas llevadas adelante por los encartados reúnen la entidad necesaria para ser provisoriamente consideradas como un estímulo a la violencia contra un grupo de personas subsumible bajo las proyecciones del delito de incitación pública a la violencia colectiva", concluyeron los jueces. En un apartado, el camarista Mariano Llorens planteó que las manifestaciones de Revolución Federal estaban amparadas en la libertad de expresión y no podían castigarse penalmente. Para el juez Martínez de Giorgi, la existencia de la organización se remonta al menos al 11 de mayo, por iniciativa de dos de sus integrantes, Morel y Sosa. El magistrado sostuvo en su fallo de primera instancia que llevaron a cabo un plan criminal, consistente en imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor. Para ello utilizaron distintas redes sociales y medios masivos de comunicación con los que realizaban manifestaciones intimidantes, planeaban, coordinaban y difundían mensajes de odio y declaraciones violentas en contra de las actuales autoridades del Poder Ejecutivo Nacional y sus simpatizantes. El grupo se constituyó así "en uno de los actores que agitaron en la sociedad un clima de violencia social, cuyo acto de mayor gravedad institucional resultó ser el intento de magnicidio de la Vicepresidente de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, el pasado 1 de septiembre", afirmó el juez. Los abogados que representan a la vicepresidenta argentina y el propio magistrado se pronunciaron a favor de que esta causa se anexionara a otro expediente, tramitado por la jueza María Eugenia Capuchetti, que investiga el intento de magnicidio contra Fernández. En el contexto de esa última causa hay cuatro personas procesadas: el autor material del ataque fallido, Fernando Sabag Montiel, y su pareja Brenda Uliarte, ambos procesados con prisión preventiva por ser coautores del intento de asesinato. También están procesados con prisión preventiva como partícipes secundarios una amiga de Uliarte con la que compartió su plan de asesinar a la vicepresidenta, Agustina Díaz, y el jefe de la banda a la que pertenecían Sabag Montiel y su compañera, Nicolás Carrizo. El intento de magnicidio contra la vicepresidenta es considerado el hecho de violencia política más grave desde el regreso de la democracia, en 1983.
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La Justicia argentina confirma procesamiento de grupo que hacía escraches contra el Gobierno
18:28 GMT 16.02.2023 (actualizado: 18:32 GMT 16.02.2023) BUENOS AIRES (Sputnik) — Un tribunal argentino de segunda instancia ratificó de manera parcial los procesamientos de cuatro integrantes de Revolución Federal, grupo de ultraderecha que organizaba "escraches" violentos contra el Gobierno de Alberto Fernández.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional "confirma procesamientos de integrantes de Revolución Federal", informaron fuentes judiciales a las que accedió Sputnik, como parte de una causa que investiga amenazas contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
La corte confirmó el procesamiento dictado contra Ezequiel Morel, Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Guerra y Nilda Sabrina Basile por el juez de primera instancia Marcelo Martínez de Giorgi, pero modificó el delito del que se los acusa.
Aunque el magistrado los había procesado por el delito de asociación ilícita destinada a combatir ideologías, delito penado con entre tres y ocho años de prisión, al quien tome parte de organizaciones que intenten imponer sus ideas, o combatir las ajenas, por la fuerza.
Pero el tribunal de apelaciones modificó la calificación a una más leve, la de "incitación a la violencia colectiva", que tiene una escala penal menor, de tres a seis años de reclusión.
Los magistrados también les redujeron los embargos de 9 millones a 4 millones de pesos para cada uno (de 45.454 dólares a 20.202 dólares, de acuerdo al cambio oficial).
De acuerdo al fallo, los jueces consideraron que la agrupación no tenía la entidad para ser considerada una asociación ilícita destinada a combatir ideologías.
22 de octubre 2022, 01:29 GMT
Revolución Federal, "que habría sido conformada en un primer momento por Jonathan Ezequiel Morel y Leonardo Franco Sosa –y a la cual se habrían integrado posteriormente Gastón Ezequiel Guerra y Nilda Sabrina Basile—, no parecería poseer en principio, a partir del análisis efectuado por el magistrado de grado en su resolución, la entidad para ser considerada una asociación ilícita destinada a combatir ideologías", sostuvo la Cámara.
Los camaristas Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi reconocieron "el uso de expresiones extremistas y de indudable contenido violento contra integrantes del Poder Ejecutivo Nacional y simpatizantes de uno u otros partidos políticos, y de ciertas reprobables acciones de índole ofensiva, como la provocación de daños o el proferir insultos y frases amenazantes, que tendrían su debida respuesta penal en cada caso".
Los jueces observaron "la reducida cantidad de personas convocadas a las manifestaciones y lo que se denomina 'escraches'", por más que "el contenido de las publicaciones en redes sociales" podía parecer "a simple vista que la convocatoria podía ser amplia".
Pero en las sucesivas manifestaciones apenas llegaron a congregarse nueve, quince y hasta cincuenta personas, "entre quienes se hallaban personas de otros grupos y autoconvocados", apostilló el tribunal.
Por lo tanto, "las manifestaciones y conductas llevadas adelante por los encartados reúnen la entidad necesaria para ser provisoriamente consideradas como un estímulo a la violencia contra un grupo de personas subsumible bajo las proyecciones del delito de incitación pública a la violencia colectiva", concluyeron los jueces.
En un apartado, el camarista Mariano Llorens planteó que las manifestaciones de Revolución Federal estaban amparadas en la libertad de expresión y no podían castigarse penalmente.
Para el juez Martínez de Giorgi, la existencia de la organización se remonta al menos al 11 de mayo, por iniciativa de dos de sus integrantes, Morel y Sosa.
6 de febrero 2023, 16:30 GMT
El magistrado sostuvo en su fallo de primera instancia que llevaron a cabo un plan criminal, consistente en imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor.
Para ello utilizaron distintas redes sociales y medios masivos de comunicación con los que realizaban manifestaciones intimidantes, planeaban, coordinaban y difundían mensajes de odio y declaraciones violentas en contra de las actuales autoridades del Poder Ejecutivo Nacional y sus simpatizantes.
El grupo se constituyó así "en uno de los actores que agitaron en la sociedad un clima de violencia social, cuyo acto de mayor gravedad institucional resultó ser el
intento de magnicidio de la Vicepresidente de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, el pasado 1 de septiembre", afirmó el juez.
Los abogados que representan a la vicepresidenta argentina y el propio magistrado se pronunciaron a favor de que esta causa se anexionara a otro expediente, tramitado por la jueza María Eugenia Capuchetti, que investiga el intento de magnicidio contra Fernández.
En el contexto de esa última causa hay cuatro personas procesadas: el autor material del ataque fallido,
Fernando Sabag Montiel, y su pareja
Brenda Uliarte,
ambos procesados con prisión preventiva por ser coautores del intento de asesinato.
También están procesados con prisión preventiva como partícipes secundarios una amiga de Uliarte con la que compartió su plan de asesinar a la vicepresidenta, Agustina Díaz, y el jefe de la banda a la que pertenecían Sabag Montiel y su compañera, Nicolás Carrizo.
El intento de magnicidio contra la vicepresidenta es considerado el hecho de violencia política más grave desde el regreso de la democracia, en 1983.
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