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Justicia argentina anula decreto que declaraba servicio esencial a las telecomunicaciones

© Sputnik / Yakov Andreev / Acceder al contenido multimediaUna antena de telefonía móvil
Una antena de telefonía móvil  - Sputnik Mundo, 1920, 27.11.2023
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BUENOS AIRES (Sputnik) — Un juzgado nacional argentino en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la nulidad de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) de la actual gestión, que establecía las telecomunicaciones como un servicio público esencial.
"La Justicia anuló el DNU que declaró servicio público esencial a las telecomunicaciones", señalaron fuentes judiciales a las que accedió Sputnik.
La jueza del fuero, Cecilia de Negre, respondió de manera favorable a un planteo que realizó la empresa Telecom Argentina, prestadora de telefonía, cable y acceso a internet.
La compañía cuestionó que hasta el dictado del DNU, que fue publicado el 22 de agosto de 2020, podía "fijar libremente los precios", pero que la norma del Gobierno de Alberto Fernández impuso restricciones "anticonstitucionales" que suponían un control estatal a la categoría "servicio público".
El DNU 690/2020, que fue publicado en el Boletín Oficial, declaró como servicios públicos esenciales a los servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de esos servicios.
En abril de 2021, Telecom Argentina se presentó como apoderado ante la justicia y promovió una demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional y contra el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), a fin de que se declarase la nulidad de dos resoluciones emitidas por ese organismo y del decreto firmado por el presidente Fernández.
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Telecom, una de las tres operadoras de telecomunicaciones que tiene el país, también efectuó su reserva de poder reclamar daños y perjuicios irrogados por el DNU, que congeló precios hasta el 31 de diciembre de 2020 sin prever compensación económica ni indemnización alguna.
En su respuesta a esta demanda, el Estado argentino alegó que el régimen jurídico de las telecomunicaciones no era inmutable y que su modificación se dio en el marco de una circunstancia excepcional, como fue la emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19.
"Los servicios Tics son servicio público esencial y estratégico del siglo XXI; debiendo satisfacer las notas típicas de continuidad, regularidad, igualdad, generalidad, obligatoriedad, universalidad y accesibilidad", añadió el Estado argentino.
Para la jueza en lo Contencioso Administrativo, la referida norma efectuó modificaciones jurídicas de carácter permanente y que, si bien consideró que el Poder Ejecutivo estaba habilitado por la Constitución para dictar DNU en determinadas materias, advirtió que la calificación de las telecomunicaciones como servicio público exigía "una ley formal del Congreso".
"Al disponer que la actividad prestada sea sustraída del sector privado, se limitan derechos fundamentales que solo pueden ser dispuestos mediante la sanción de una ley", expresó la magistrada.
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La jueza De Negre sostuvo que tampoco se acreditaron las circunstancias excepcionales que habilitasen al Poder Ejecutivo a dictar un DNU con la extensión de medidas, que más allá de la pandemia eran, a su criterio, irrazonables.
"Fue la situación de emergencia sanitaria, en el marco de la pandemia del COVID-19, la que justificó otorgar medidas de protección y acceso a los servicios Tic y asegurar el derecho a la educación", consideró.
Sin embargo, "no se estableció que su duración sería hasta la finalización de la pandemia, sino que las medidas se establecieron con carácter permanente", lo que "afecta el principio de razonabilidad al establecer una discordancia entre el fin de la norma y los medios empleados", concluyó.
El 10 de diciembre asume como nuevo presidente de Argentina el líder de la coalición La Libertad Avanza (ultraderecha), Javier Milei, quien plantea un gran ajuste como solución a la crisis económica que atraviesa el país sudamericano.
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